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Grecia Requisitos de Pasaporte y Visa

Pasaporte requerido Billete de vuelta requerido Visado requerido
Estados Unidos No No/3
Resto de países latinoamericanos Sí/3
México No No/3
Argentina No No/3
Unión Europea No/1 No No

Pasaportes

Todo el mundo necesita pasaporte con una validez mínima de 6 meses, excepto:
1. Los ciudadanos de la Unión Europea que posean un documento nacional de identidad válido y suficientes recursos económicos para costear su estancia en el país.
2. Los ciudadanos de Mónaco y Suiza con Documento Nacional de Identidad válido.

Nota pasaporte y visado

Nota: La regulación sobre pasaportes y visados puede cambiar, así que es preferible ponerse en contacto con el Consulado o la Embajada (ver sección de direcciones) antes de planear el viaje.

El Acuerdo de Schengen:
El Acuerdo de Schengen establece la abolición de las fronteras físicas entre los estados firmantes. Actualmente son parte del acuerdo: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Italia, Luxemburgo, los Países Bajos, Portugal y Suecia. Noruega e Islandia, aunque no son miembros de la Unión Europea, han firmado un acuerdo de cooperación y aplican el Acuerdo de Schengen desde el mes de marzo del 2001. Los aeropuertos de estos países tienen una terminal especial para los ciudadanos de la zona Schengen. Los nacionales de cualquier otro país del mundo que quieran viajar por estos países y necesiten visado, deberán solicitar un Visado para la Zona Schengen.

Visados

Requerido por todos, excepto:
3. (a) Los nacionales de países de la U.E., Australia, Canadá, Japón y los EE.UU. para períodos inferiores a tres meses.
(b) Ciudadanos de Andorra, Argentina, Bolivia, Brasil, Brunei, Bulgaria, Chile, Costa Rica, Croacia, El Salvador, Honduras, Hong Kong, (con pasaportes azules y rojos), Islandia, Israel, Corea, Liechtenstein, Macao, Malasia, México, Mónaco, Nueva Zelanda, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Rumania, San Marino, Singapur, Suiza, Uruguay, Ciudad del Vaticano y Venezuela para estancias de hasta 90 días.
(c) los ciudadanos que vayan a continuar su viaje hacia otro país en menos de 48 horas y tengan billetes de avión u otros documentos que demuestren que están en Grecia únicamente de tránsito hacia otro destino excepto los ciudadanos de Afganistán, Angola, Bangladesh, República Democrática del Congo, Eritrea, Etiopía, Ghana, India, Irán, Iraq, Nigeria, Pakistán, Somalia, Sri Lanka, Sudan, República Árabe de Siria y Turquía, que siempre necesitarán visado, incluso si realizan un tránsito en el mismo avión. .

Visado para la Zona Schengen:
Según la duración de la estancia hay tres tipos de visados de Schengen: de Corta Estancia (de Turismo y de Negocios), de Tránsito y de Tránsito de Aeropuerto. Los precios dependen del tipo de visado y del cambio del euro; por lo que se recomienda informarse directamente en el Consulado o la Sección Consular de la Embajada (ver sección de Direcciones de Interés).

Nota visados

Los cónyuges e hijos (menores de 18 años) de un ciudadano de la Unión Europea recibirán el visado de forma gratuita. Necesitarán el certificado original de matrimonio, el pasaporte del cónyuge y, para los niños, el certificado de nacimiento. Para más detalles consultar con el Consulado o la Sección Consular de la Embajada (ver sección de Direcciones de Interés)

Validity

Dependerá de la nacionalidad.

Application to

En el Consulado o la Sección Consular de la Embajada (ver sección de Direcciones de Interés). Los viajeros que sólo vayan a visitar un país de los firmantes del Acuerdo de Schengen deberán solicitar el visado en el consulado de dicho país. Los que vayan a visitar más de uno de estos países deberán solicitar el visado en aquél país elegido como destino principal o, en caso de no tenerlo, solicitar el visado al país por el que se vaya a entrar en la Zona Schengen.

Residencia temporal

Consultar con la Embajada de Grecia (ver sección de direcciones).

Días laborables

Al menos dos semanas. En el caso de algunos países, el tiempo de tramitación será más largo. Consulte con su embajada para más información.


Nuestra información de visado y pasaporte se actualiza periódicamente y es correcta en el momento de la publicación, Le recomendamos encarecidamente que verifique la información crítica exclusiva de su viaje con la Embajada pertinente antes de viajar.

Embajadas y oficinas de turismo

Oficina de Turismo en España

Organismo Nacional Helénico de Turismo en España
C/ Alberto Aguilera, 17 - 1
28015 Madrid
Teléfono: 91 548 48 90
E-mail: turismodegrecia@infonegocio.com


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Embajada de España

Dionisiou Aeropagitou 21, 11742 Atenas, Grecia
Tel: (10) 921 3123/ 37/ 38/ 65; asuntos consulares: (10) 921 3123/ 3090. Fax: (10) 921 4264.
E-mail: embespgr@mail.mae.es


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Embajada de Grecia

Avenida Doctor Arce 24, 28002 Madrid, España
Tel: 91 564 4653 ó 91 564 4666/ 7 (asuntos consulares). Fax: 91 564 4668.
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