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Costa Rica Requisitos de Pasaporte y Visa

Pasaporte requerido Billete de vuelta requerido Visado requerido

Pasaportes

La regulación en materia de pasaportes y visados cambia a menudo por lo que se recomienda confirmar esta información en el consulado pertinente más cercano (ver Direcciones de Interés).

Todas las personas que viajen a Costa Rica necesitan un pasaporte con una validez de al menos 30 días desde la fecha de entrada.

Visados

Todas las personas que visiten Costa Rica necesitarán un visado excepto:
(a) 1: Los nacionales de Alemania, Argentina, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Corea, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Israel, Italia, Japón, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Polonia, Portugal, Puerto Rico, Reino Unido, Rumania, República Checa, Suecia, Estados Unidos y Uruguay para estancias menores de 90 días.
(b) 2: Los ciudadanos de Antigua y Barbuda, Arabia Saudita, Australia, Bahamas, Bahrein, Barbados, Belice, Bolivia, Bulgaria, Ciudad del Vaticano, Chile, Dominica, El Salvador, Emiratos Arabes Unidos, Estonia, Federación Rusa, Filipinas, Grenada, Guatemala, Guyana, Honduras, Islandia, Irlanda, Jamaica, Kenia, México, Mónaco, Nueva Zelanda, Qatar, República Eslovaca, St Kitts y Nevis, St Lucia, St Vincent y las Grenadines, San Marino, Singapur, Sudáfrica*, Surinam, Taiwan (China), Turquia, y Venezuela para estancias menores de 30 días.
(c) Pasajeros en tránsito que continuen su viaje hacia un tercer país en el mismo o en el siguiente vueleo de conexión en las siguientes 48 horas siempre que no abandonen el aeropuerto y tengan toda su documentación de viaje en regla (excepto los nacionales de China).

Nota visados

(a) Los ciudadanos con pasaportes de Transkei y Venda necesitán un visado autorizado por el Departamento de Inmigración de San José. (b) Todos los ciudadanos de los países incluidos en las listas anteriores necesitarán un visado de salida emitido por el Departamento de Inmigración de San José, al menos 3 semanas antes de abandonar Costa Rica. Aquellos cuya estancia sea menor de 30 días, no necesitarán visa de salida en el caso de que posean carta de desembarque. (c) Todos los ciudadanos de países que no estén incluidos en el listado anterior necesitarán un visado para entrar en Costa Rica. Aunque por lo general los visados se tramitan en los consulados de Costa Rica, en algunos casos será necesaria una autorización especial de las autoridades de inmigración en San José. Todos los visitantes necesitan un billete de vuelta o de salida del país excepto aquellos que tengan un visado en el que se especifique lo contrario.

Tipos y coste

Visado Turístico: Aproximadamente 18 euros (20 US$).

Validity

Los visados son válidos por 30 ó 90 días dependiendo de la nacionalidad del solicitante. Para obtener más información contactar con el consulado de Costa Rica más cercano.

Application to

En los consulados de Costa Rica (ver la sección Direcciones de Interés).

Requisitos de solicitud

(a) Impreso de solicitud cumplimentado. (b) Dos fotografías tamaño pasaporte. (c) Pasaporte con una validez de al menos 6 meses desde la fecha de entrada al país. (d) Demostrar que se tienen suficientes recursos como para costearse la estancia en el país. (e) Billete de vuelta o de salida del país.

Residencia temporal

Para más informacion ponerse en contacto con el Consuladao más cercano.

Días laborables

Dependerá de la nacionalidad del solicitante, de un día a tres semanas. Algunos visados necesitarán una autorización especial de las autoridades de inmigración en San José. Para obtener más información contactar con el consulado de Costa Rica más cercano (ver la sección Direcciones de Interés).


Nuestra información de visado y pasaporte se actualiza periódicamente y es correcta en el momento de la publicación, Le recomendamos encarecidamente que verifique la información crítica exclusiva de su viaje con la Embajada pertinente antes de viajar.

Embajadas y oficinas de turismo

Embajada de España

Calle 32, entre Paseo Colón y Avenida Segunda, San José, Costa Rica.
Apartado de correos 10150-1000.
Tel: 222 5745 ó 221 7005 ó 222 1933. Fax: 222 4180.
E-mail: embespcr@correo.mae.es ; embaes@racsa.co.cr


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Embajada de Costa Rica

Paseo de la Castellana 164, 17-A, Madrid 28046, España
Tel: 91 345 9622. Fax: 91 353 3709.
E-mail: embajada@embcr.org


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Tiempo de apertura:

Cámara Nacional de Turismo (CANATUR)

Apartado 828-1000, San José, Costa Rica
Tel: 234 6222. Fax: 253 8102.
E-mail: direje@canatur.org
Página web: www.canatur.org


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Instituto Costarricense de Turismo

Costado Este del Puente Juan Pablo II, sobre Autopista General Cañas, San José, Costa Rica
Dirección postal: Apartado 777-1000, San José, Costa Rica
Tel: 299 5800. Fax: 231 0311
Página web: www.visitcostarica.com


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Código telefónico internacional

506.


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Ubicación

América Central


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