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Los ciudadanos mayores de 17 años que entren a Francia procedentes de países europeos no comunitarios, podrán introducir en el país los siguientes productos sin necesidad de declararlos en aduana:
200 cigarrillos ó 50 puros ó 100 puritos ó 250 gr. de tabaco de pipa o de liar; 1 litro de bebidas alcohólicas con una graduación que supere a los 22º ó 2 litros de bebidas alcohólicas que no superen los 22º de alcohol; 2 litros de vino; 110 de cerveza; 50 gr. de perfume y 250 ml. de agua de colonia; y artículos por un importe que no supere los 182 euros (ó 91 euros para los menores de 15 años); 100 gr de té; las medicinas necesarias para la estancia.
Artículos prohibidos: Plantas y productos derivados de las mismas; productos farmacéuticos (excepto en aquellos que sean indispensables para el visitante); obras de arte y antigüedades. Joyería de oro: los artículos que no sean personales por encima de 500gr. se deben declarar.
Abolición de los productos libres de impuestos (duty-free) dentro de la Unión Europea: El 30 de junio de 1999, se abolió la venta de alcohol y tabaco libre de impuestos en los 15 países miembros originales de la Unión Europea. De los diez países que se unieron a la UE el 1 de mayo de 2004, esta normativa ya se aplica a Malta y Chipre. Hay una normativa de transición para los viajeros que vuelven a uno de los quince miembros originales procedentes de uno de los países nuevos. Para los quince países miembros originales de la Unión, además de Malta y Chipre, ya no hay limitación en la importación de tabaco y alcohol siempre y cuando hayan sido adquiridos pagando los impuestos correspondientes. Dinamarca, Finlandia y Suecia todavía mantienen limitaciones para la libre importación. No obstante se puede pedir a los viajeros, que demuestren que los artículos importados son únicamente para consumo personal.
200 cigarrillos ó 50 puros ó 100 puritos ó 250 gr. de tabaco de pipa o de liar; 1 litro de bebidas alcohólicas con una graduación que supere a los 22º ó 2 litros de bebidas alcohólicas que no superen los 22º de alcohol; 2 litros de vino; 110 de cerveza; 50 gr. de perfume y 250 ml. de agua de colonia; y artículos por un importe que no supere los 182 euros (ó 91 euros para los menores de 15 años); 100 gr de té; las medicinas necesarias para la estancia.
Artículos prohibidos: Plantas y productos derivados de las mismas; productos farmacéuticos (excepto en aquellos que sean indispensables para el visitante); obras de arte y antigüedades. Joyería de oro: los artículos que no sean personales por encima de 500gr. se deben declarar.
Abolición de los productos libres de impuestos (duty-free) dentro de la Unión Europea: El 30 de junio de 1999, se abolió la venta de alcohol y tabaco libre de impuestos en los 15 países miembros originales de la Unión Europea. De los diez países que se unieron a la UE el 1 de mayo de 2004, esta normativa ya se aplica a Malta y Chipre. Hay una normativa de transición para los viajeros que vuelven a uno de los quince miembros originales procedentes de uno de los países nuevos. Para los quince países miembros originales de la Unión, además de Malta y Chipre, ya no hay limitación en la importación de tabaco y alcohol siempre y cuando hayan sido adquiridos pagando los impuestos correspondientes. Dinamarca, Finlandia y Suecia todavía mantienen limitaciones para la libre importación. No obstante se puede pedir a los viajeros, que demuestren que los artículos importados son únicamente para consumo personal.




