Las personas que hayan cumplido los 18 años pueden importar a Cuba, los siguientes productos sin necesidad de declararlos en la aduana:
200 cigarrillos ó 50 puros ó 250 gr. de tabaco; 3 botellas de bebidas alcohólicas; regalos por un valor que no exceda los 43 euros (50$ EE UU); y 10 kg. de medicinas.
Artículos prohibidos: Frutas naturales, semillas, frijoles o verduras; carnes y productos lácteos; armas y municiones; vídeos y electrodomésticos; material pornográfico, drogas, narcóticos, productos psicotrópicos y productos hemoderivados.
Para más información consulte con la página web de la Aduana Cubana: www.aduana.islagrande.cu
200 cigarrillos ó 50 puros ó 250 gr. de tabaco; 3 botellas de bebidas alcohólicas; regalos por un valor que no exceda los 43 euros (50$ EE UU); y 10 kg. de medicinas.
Artículos prohibidos: Frutas naturales, semillas, frijoles o verduras; carnes y productos lácteos; armas y municiones; vídeos y electrodomésticos; material pornográfico, drogas, narcóticos, productos psicotrópicos y productos hemoderivados.
Para más información consulte con la página web de la Aduana Cubana: www.aduana.islagrande.cu
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