| Pasaporte | |
|---|---|
| Unión Europea | No |
| Argentina | Sí |
| México | Sí |
| Resto de países latinoamericanos | Sí |
| Estados Unidos | Sí |
| Visado | |
| Unión Europea | No |
| Argentina | No |
| México | No |
| Resto de países latinoamericanos | Sí/1 |
| Estados Unidos | No |
| Billete de salida | |
| Unión Europea | No |
| Argentina | Sí |
| México | Sí |
| Resto de países latinoamericanos | Sí |
| Estados Unidos | No |
Nota:
La regulación sobre pasaportes y visados puede cambiar, así que es preferible ponerse en contacto con el Consulado o la Embajada (ver sección de direcciones) antes de planear el viaje.
Nota: (a) Suecia es uno de los firmantes del Acuerdo de Schengen de 1995. Para obtener más detalles sobre las regulaciones de pasaporte y visado del área de Schengen, consulte la sección Cómo utilizar esta guía. (b) Suecia no acepta algunos pasaportes somalíes emitidos después del 31 de enero de 1991; consulte con el consulado (o la sección consular de la embajada) para obtener más detalles.
Nota: (a) Suecia es uno de los firmantes del Acuerdo de Schengen de 1995. Para obtener más detalles sobre las regulaciones de pasaporte y visado del área de Schengen, consulte la sección Cómo utilizar esta guía. (b) Suecia no acepta algunos pasaportes somalíes emitidos después del 31 de enero de 1991; consulte con el consulado (o la sección consular de la embajada) para obtener más detalles.
Pasaporte
Todas las personas que visiten Suecia necesitarán un pasaporte válido durante al menos tres meses desde la fecha de salida del país, excepto: (a) los ciudadanos de la UE y del AEE (EU + Islandia, Liechtenstein, Noruega) y los ciudadanos suizos que viajen con un documento de identidad válido.
Nota: Los ciudadanos de la UE y del AEE tan sólo necesitan probar su nacionalidad mediante pasaporte o documento de identidad. No hace falta estar en posesión de un billete de vuelta o de documentos que prueben la solvencia económica.
(b) los ciudadanos de Dinamarca, Finlandia, Islandia y Noruega, que tengan billetes para viajar entre estos países.
Nota: Los ciudadanos de la UE y del AEE tan sólo necesitan probar su nacionalidad mediante pasaporte o documento de identidad. No hace falta estar en posesión de un billete de vuelta o de documentos que prueben la solvencia económica.
(b) los ciudadanos de Dinamarca, Finlandia, Islandia y Noruega, que tengan billetes para viajar entre estos países.
Visados
Requerido por todos excepto los ciudadanos de los países siguientes: los ciudadanos de los países mencionados en el cuadro anterior para estancias de un máximo de tres meses; los ciudadanos de Andorra, Argentina, Bolivia, Brasil, Brunei, Bulgaria, Chile, Costa Rica, Croacia, El Salvador, Guatemala, Honduras, Hong Kong (SAR), Israel, Corea (República), Liechtenstein, Macau (SAR), Malasia, México, Mónaco, Nueva Zelanda, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Rumanía, San Marino, Singapur, Suiza, Uruguay y Venezuela por estancias de un máximo de tres meses; los pasajeros en tránsito que continúen su viaje en el mismo avión o en otro de conexión inmediata, dentro del área Schengen, siempre y cuando estén en posesión de toda la documentación necesaria y no abandonen el aeropuerto.
Nota
Los ciudadanos de los siguientes países necesitan un visado de tránsito (en el caso de que tengan un visado para un máximo de tres meses): Afganistán, Bangladesh, Congo (República Democrática), Eritrea, Etiopía, Ghana, India, Irán, Irak, Pakistán, Somalia y Sri Lanka.
Tipos de visado y precios
36€ (el precio varía de acuerdo con el tipo de cambio vigente). El visado para la zona Schengen se emite para viajes turísticos, de negocios y visitas de carácter privado. Las tarifas del visado no son reembolsables y deberán abonarse junto con la solicitud de visado.
Validez
De uno a 90 días.
Requisitos de solicitud
(a) Pasaporte válido con al menos una página en blanco. (b) Dos fotos recientes de tamaño carnet. (d) Pago de tarifa (en efectivo o por giro postal solamente). (d) Impreso de solicitud cumplimentado. (e) Prueba de ocupación. (f) Prueba de propósito de su visita (carta de invitación por parte de una empresa sueca para visados de negocios, o evidencia de haber reservado hotel para su estancia). (g) Un sobre con sello y la dirección propia para la devolución de su pasaporte en caso de solicitud por correo. (h) Seguro médico que cubra unos 30.000€, tratamiento de emergencia, transporte en ambulancia en caso de urgencia y transporte de vuelta al domicilio del solicitante. (i) Carta de permiso escrita por los padres en el caso de que el solicitante sea un menor. (j) Los ciudadanos de determinados países tendrán que mostrar prueba de fondos suficientes para su estancia. Tránsito: (a), (d) y (k) copia de billetes de avión.
Residencia temporal
Consulte con la embajada.
Tiempo de tramitación
De siete a 60 días. Sin embargo, se aconseja empezar los trámites al menos 30 días antes de la fecha en la que planee visitar Suecia.
Pasaporte y Visado
Embajada de Suecia en España
Caracas 25, 2810 Madrid, España
Tel: 91 702 2000. Fax: 91 702 2040 ó 91 702 2038 (sección consular).
Página web: www.embajadasuecia.es
Caracas 25, 2810 Madrid, España
Tel: 91 702 2000. Fax: 91 702 2040 ó 91 702 2038 (sección consular).
Página web: www.embajadasuecia.es



