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Portugal
Pasaporte y Visado
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Pasaporte y Visado

Portugal

Pasaporte
Unión Europea No/1
Argentina
México
Resto de países latinoamericanos
Estados Unidos
Visado
Unión Europea No
Argentina No/3
México No/3
Resto de países latinoamericanos Sí/3
Estados Unidos No/3
Billete de salida
Unión Europea No/2
Argentina No/2
México No/2
Resto de países latinoamericanos No/2
Estados Unidos No/2

Nota:
Portugal es uno de los firmantes del Acuerdo de Schengen de 1995. Para obtener más detalles sobre las regulaciones de pasaporte y visado del área de Shengen, consulte la sección Cómo utilizar esta guía.

Pasaporte

Todas las personas que visiten Portugal necesitarán un pasaporte válido durante al menos tres meses, desde la fecha en la que vaya a salir del país, excepto:1. Los ciudadanos de la UE y del AEE (EU + Islandia, Liechtenstein, Noruega) y los ciudadanos suizos que viajen con un carnet de identidad válido.
Nota: Los ciudadanos de la UE y del AEE tan sólo necesitan probar su nacionalidad mediante pasaporte o carnet de identidad. No hace falta estar en posesión de un billete de vuelta ni probar su solvencia económica.
Nota: La validez del pasaporte depende de la nacionalidad; 2. Todos los visitantes de Portugal han de estar en posesión de un billete de vuelta, así como de un mínimo de 75€ más 40€ por día de estancia, excepto los ciudadanos de la UE y del AEE.

Visados

Requerido por todos excepto los ciudadanos de los países siguientes: todos los ciudadanos de la UE y del AEE.los ciudadanos de Andorra, Argentina, Bolivia, Brasil, Brunei, Bulgaria, Chile, Costa Rica, Croacia, Chipre, República Checa, El Salvador, Estonia, Guatemala, Honduras, Hong Kong (SAR), Hungría, Islandia, Israel, Corea (República), Latvia, Liechtenstein, Lituania, Macau (SAR), Malasia, Malta, México, Mónaco, Nueva Zelanda, Nicaragua, Noruega, Panamá, Paraguay, Polonia, Rumanía, San Marino, Singapur, República Eslovaca, Eslovenia, Suiza, Uruguay, Ciudad del Vaticano y Venezuela; pasajeros en tránsito que continúen su viaje en el mismo avión o en otro de conexión inmediata, siempre y cuando estén en posesión de toda la documentación necesaria y no abandonen el aeropuerto. Sin embargo, los ciudadanos de Afganistán, Bangladesh, Congo (República Democrática), Eritrea, Etiopía, Ghana, Irán, Irak, Liberia, Nigeria, Pakistán, Senegal, Somalia y Sri Lanka necesitan un visado incluso cuando no abandonen el aeropuerto; consulte con el Consulado (o la sección consular de la Embajada) para obtener más detalles.

Tipos de visado y precios

El visado para la zona Schengen se emite para viajes turísticos, de negocios y visitas de carácter privado. Hay tres tipos de visado Shengen: de corta estancia, de tránsito y de tránsito en el aeropuerto. El precio de los visados depende de las tarifas del país donde se produce la emisión y depende también de los tipos de cambio del momento de solicitud. Consulte con la embajada más cercana para obtener los precios más actualizados.
Nota: El visado Schengen se emite gratuitamente a la esposa e hijos de los ciudadanos de la UE, previa presentación del original del certificado de matrimonio o nacimiento junto con su pasaporte europeo. Los menores necesitan presentar el certificado de nacimiento.

Validez

Tránsito: válido para una o dos entradas de un máximo de cinco días, incluyendo el día de llegada. Los visados no se pueden extender, para alargar su estancia necesitará solicitar otro visado.

Tramitación:

Los visados se deben solicitar al consulado (o en su defecto a la sección consular de la embajada); véase la sección Pasaporte y Visado. Las personas que planeen visitar tan sólo uno de los países de la zona de Schengen, deberá hacer todos los trámites en el consulado de tal país; las personas que visiten más de un país de la zona Schengen, deberán solicitar el visado a través del consulado del país que vayan a visitar primero o en el que vayan a pasar más tiempo.

Requisitos de solicitud

Turismo: (a) Pasaporte o documentos de viaje oficiales aceptados por los países de la zona Schengen, válidos por un mínimo de tres meses tras la fecha de caducidad del visado, con al menos una página en blanco. (b) Impreso de solicitud cumplimentado. (c) Foto tamaño carné. (d) Prueba del propósito de su visita en la forma de una carta de invitación oficial, una reserva de billete provisional o reserva hotelera. (e) Prueba de suficientes fondos económicos y seguro médico. (d) Tarifa (en efectivo o por giro postal solamente). (g) Para solicitudes por correo, es necesario incluir un sobre grande con sello y su dirección. (h) Para aquellos que conduzcan hasta Portugal, necesitarán presentar todos los papeles del coche, su permiso de conducir y prueba de estar asegurado. Los solicitantes que efectúen su entrada en Portugal por tierra, deberán registrarse en la Policía en los tres primeros días de su estancia. Negocios: (a)-(g) y, (h) Carta de la empresa (si es trabajador autónomo, una carta del banco, de un abogado o de la Cámara de Comercio) donde se especifique el propósito del viaje y su duración. Esta carta deber ser enviada por fax al consulado al menos 48 horas antes de enviar la solicitud de su visado. Además se pueden pedir cartas de referencia.

Residencia temporal

Consulte con el consulado (o a la sección consular de la embajada); véase la sección Pasaporte y Visado.

Tiempo de tramitación

Desde unos cuantos días hasta unas cuantas semanas. Intente solicitar su visado con bastante tiempo de antelación.

Pasaporte y Visado

Embajada de Portugal en Madrid (España)
C/ Pinar, 1 28006- MADRID
Tel: 00 34 91 782 49 60
Fax: 00 34 91 782 49 72
Página web: www.embajadaportugal-madrid.org

Consulado General de Portugal en Madrid (España)
C/ Lagasca 88
28001- MADRID
Tel: 00 34 91 577 35 85
Fax: 00 34 91 577 68 02
E-mail: mail@cgmad.dgaccp.pt

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